Le informamos que en esta Web utilizamos cookies propias y de terceros para recabar información sobre su uso, mejorar nuestros servicios y, en su caso, mostrar publicidad mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Puede aceptar expresamente su uso pulsando el botón de “ACEPTAR” o bien configurarlas y seleccionar las cookies que desea aceptar o rechazar en los ajustes. Asimismo, puede obtener más información sobre nuestra política de cookies aquí.

El diario del negocio digital y las tecnologías del futuro

04 May 202401:39

h Empresa

Uber España, contra las cuerdas: el Tribunal Supremo decidirá si el grupo se somete a la normativa de transporte

03 Abr 2017 — 16:23
Kippel01
Temas relacionados
Compartir
Me interesa

El alto tribunal ha decidido admitir a trámite un recurso de la Generalitat contra una sentencia que anuló la multa de 4.000 euros por no disponer de autorización de transporte.

Uber España, contra las cuerdas: el Tribunal Supremo decidirá si el grupo se somete a la normativa de transporte

 

¿Es Uber una empresa de transporte, o no? Esta es la cuestión que resolverá el Tribunal Supremo, que ha decidido admitir a trámite el recurso de la Generalitat tras la anulación de la multa de 4.000 euros impuesta a la empresa estadounidense. De esta forma, el alto tribunal decidirá si la actividad de Uber se enmarca en la normativa de transporte o bien se engloba en la Ley de la Sociedad de la Información.

 

Tal y como ha explicado el Govern en un comunicado, se trata de un recurso de casación interpuesto por la Generalitat contra la sentencia del 6 de octubre de 2016, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo 15 de Barcelona, que anuló la multa que la Generalitat interpuso contra la plataforma.

 

En ese momento, el Govern puso la multa por “la contratación como transportista o la facturación en nombre propio de servicios de transporte público de viajeros en vehículos de hasta nueve plaza sin ser previamente titular de autorización de transporte”.

 

El juzgado de Barcelona, sin embargo, consideró que la Generalitat había aplicado indebidamente la regulación contenida en la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre, ya que el servicio de Uber, según la sentencia del juzgado, debería incluirse en la de Servicios de la Sociedad de la Información.

Me interesa
Publicidad
Compartir
Normas de participación

info@kippel01.com

 

Política de validación de los comentarios:

 

Kippel01 no realiza validación previa para la publicación de los comentarios. No obstante, para evitar que comentarios anónimos afecten a derechos de terceros sin capacidad de réplica, todos los comentarios requieren de un correo electrónico válido, que no será publicado.

 

Escribe tu nombre y dirección de email para poder opinar sobre esta noticia: tras hacer click en el enlace que encontrarás en el correo de validación, tu comentario será publicado.

0 comentarios — Se el primero en comentar
...